viernes, 3 de marzo de 2017

En temas de Igualdad, más acciones y menos palabrería


Dentro de unos días, el 8 de marzo, se celebra el Día Internacional de la Mujer. Me gustaba más cuando aparecía al final de la frase “Trabajadora”. Porque además de luchar en pro de la igualdad, la justicia, la paz y el desarrollo, se trataba de recordar a las 123 mujeres que murieron en el incendio de la fábrica de camisas Shirtwaist de Nueva York. Fue el desastre industrial más mortífero de la historia de la ciudad, y supuso la introducción de nuevas normas de seguridad y salud laboral en EEUU.

Al decantarme por la palabra “trabajadora” no pretendo infravalorar a las mujeres no activas en el mundo laboral. Trabajadoras somos todas. Siempre defenderé que no es justo que las tareas del hogar, el cuidado de los hijos, los ancianos, los discapacitados y dependientes en el ámbito familiar no estén ni catalogado, ni reconocido, ni valorado, ni remunerado. Las jornadas abarcan 24 horas, los 365 días del año, de por vida. Se imaginan qué sucedería si absolutamente todas las mujeres trabajaran 8 horas fuera de casa. Y tuvieran además la posibilidad u obligación de incrementar y actualizar sus conocimientos y formación, en beneficio de la empresa. ¿Quién asumiría los costes económicos y humanos de todo esto?

Esta tarde estudiando para las oposiciones que preparo, la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres he terminado tan, tan enfadada que me ha resultado imposible no escribir. Sin querer despotricar reconozco que el texto, el contenido, es muy bonito e ideal, pero la realidad es tan distinta que al final casi me suena a guasa o tomadura de pelo.

La Ley es bien completita, se estructura en un Título preliminar, 8 Títulos, 31 disposiciones adicionales, 11 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 8 disposiciones finales. Básicamente defiende que la igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal. Este principio supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. Dice la Ley, entre otras cosas, que el principio de igualdad de trato y oportunidades se garantizará en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia, en la formación y promoción profesional, y en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido. 

Por favor pido un voluntario en la sala, que me explique por qué las mujeres en el mismo puesto de trabajo reciben un salario inferior respecto al hombre. Y ya puestos, por qué cobran las mujeres casi un 40% menos de pensión de jubilación. 

Al leer que “los derechos de maternidad deben garantizar la libertad de ser madre sin sufrir perjuicios en la vida laboral” he recordado cómo le hicieron la vida imposible a la mayor de mis sobrinas, para que dejara su puesto de trabajo cuando comunicó su embarazo. También a una amiga, que hace dos días en una entrevista de trabajo le preguntaron si vivía en pareja y si tenía intención de ser madre a corto o medio plazo.

Que en los principios generales la Ley recoja el establecimiento de medidas que aseguren la conciliación del trabajo y de la vida personal y familiar de mujeres y hombres, así como el fomento de la corresponsabilidad en las labores domésticas y en la atención a la familia, me parece divino. Pero de verdad practican los varones dicha corresponsabilidad. Sin ánimo de ofender ni herir sensibilidades masculinas, ¿cuántas horas dedican unas y otros a las amenas tareas del hogar?

Y de la implantación del lenguaje no sexista, ¿qué me dicen? ¿Creen que se práctica, empezando por la mismas Administraciones públicas? Porque también lo recoge esta Ley. Una amiga presentó, hace años, una propuesta en el ayuntamiento donde trabaja. Por supuesto no llegó a nada, produjo mucha gracia y una sonrisa al funcionario de carrera que recibió el proyecto.
Contenido e inspiración tengo para seguir, pero total para qué.

Alguien me puede explicar de qué sirven las leyes, decretos, resoluciones, dictámenes, estatutos, ordenanzas, mandatos, normas, y los buenos propósitos si luego no se cumplen o solo lo justito y necesario.
¿A qué estamos jugando?



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